Skip to content Skip to footer

Circular SUSESO 3697 (uso mascarillas y aforos)

Con fecha 30 de septiembre del año 2022 se emitió la Circular N° 3.697, que modifica la Ley 21.342 sobre el Protocolo de seguridad sanitaria laboral para el retorno gradual y seguro al trabajo en el marco de la alerta sanitaria decretada con ocasión de la enfermedad de covid-19 en el país y otras materias que indica.

La circular plantea importantes modificaciones, especialmente en el uso de mascarillas y aforos en los lugares de trabajo.

Los puntos mas relevantes de la circular que entró en vigencia el 1º de Octubre de 2022 son los siguientes

1) Elementos de protección

La empresa debe disponer mascarillas para aquellos trabajadores que deseen utilizarlas voluntariamente, estas pueden ser quirúrgicas, medicas o de procedimiento o de tres pliegues, N95, KN95 o similares. Es decir, el uso de las mascarillas ya no es obligatorio salvo en recintos de salud.

En este sentido la Ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, señalo “junto con la extensión de la alerta sanitaria, entramos a una fase de apertura, por lo que no es obligatorio usar mascarilla.”

Se recomienda el uso de estas en transportes públicos y privados.

2) Lavado de manos

Se sugiere que todos los trabajadores y trabajadoras realicen lavado de manos al ingresar a la empresa empleadora y que esta promueva lo mismo.

La empresa se preocupará de mantener un stock adecuado de alcohol gel o similares.

3) Organización del Trabajo y distanciamiento físico seguro

Se recomienda mantener distanciamiento de al menos un metro entre los puestos de trabajo. Sin embargo, no se dispondrá de aforos específicos.

4) Limpieza y desinfección

Se realizará una higienización periódica de las áreas de trabajo, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N°594, del año 1999.

Se mantendrán contenedores para la disposición de residuos (mascarillas).

Se recomienda mantener los ambientes ventilados.

5) En relación con los contagios

Se recomienda seguir tomando los resguardos necesarios para evitar la propagación de la enfermedad al interior de las empresas.

Se consideran como síntomas de la enfermedad:

a. Fiebre, temperatura corporal de 37,8 °C o más-
b. Perdida brusca de olfato
c. Perdida brusca de gusto
d. Tos o estornudos
e. Disnea (dificultad respiratoria)
f. Congestión nasal
g. Taquipnea o aumento de frecuencia respiratoria
h. Odinofagia o dolor de garganta al comer o tragar
i. Debilidad general o fatiga
j. Dolor torácico
k. Calofríos
l. Cefalea o dolor de cabeza
m. Diarrea
n. Anorexia, nauseas o vómitos.

Se recomienda que los trabajadores que presenten un síntoma de los contenidos en los literales a, b y c o dos o mas de los restantes acuda a un centro de salud por una evaluación.